El sufragio, como forma de participación popular en la toma de decisiones políticas dentro de la vida del Estado democrático, permite a los ciudadanos intervenir en el proceso de aprobación de ciertas normas jurídicas, en la toma de decisiones sobre cuestiones de especial importancia para la vida comunitaria, en la elección de gobernantes o en la revocación de su mandato.
Esta intervención se hace mediante la <iniciativa popular, el <referéndum, el <plebiscito, las <elecciones y la <revocación o recall.
Como consecuencia de esto surgió la necesidad de crear un método adecuado para recoger y expresar la voluntad comunitaria acerca de los asuntos del Estado. Este método fue el de la emisión de votos. A través de ellos se puede identificar la voluntad mayoritaria. Los votos no son simples papeles sino expresiones de la opinión de los ciudadanos respecto de los asuntos cuya decisión les confía el sistema democrático.
Sin embargo, no siempre la cosa fue así. El derecho de voto es el fruto de una larga lucha contra el autoritarismo. Los regímenes autocráticos lo negaron. En el pasado, la legitimidad de los gobernantes no vino del consenso popular sino de otras fuentes: del derecho divino a mandar, de la sucesión hereditaria de la corona, de la predestinación de los mejores, de la simple imposición de la fuerza o de cualquier otra invocación irracional.
La democracia es una conquista relativamente reciente y el derecho de los ciudadanos a expresar su voluntad por medio de votos tampoco es muy antiguo.
Ya ganado el derecho de voto, se implantaron al comienzo diversos sistemas de discriminación para poner las decisiones públicas en manos de las minorías. El voto calificado fue uno de ellos. Se dio mayor valor al que depositaron las personas que ostentaban determinados títulos académicos de enseñanza superior o que desempeñaban o habían desempeñado determinadas funciones. El voto plural, que concedió votos adicionales a esas personas, llevó la misma dirección. Fue aun más odioso el voto censual, cuyo ejercicio exigió determinados bienes de fortuna, capacidad tributaria o cualquier otro signo de riqueza. Este sistema se aplicó en Inglaterra de acuerdo con las leyes de 1867 y 1884, en Bélgica desde 1895 hasta 1919 y en otros países europeos hasta bien entrado el siglo XX. Tenían derecho a votos adicionales las personas de cierta edad, con descendencia legítima, que pagaran al Estado determinada aportación tributaria, que fueran propietarias de bienes rústicos o urbanos, que percibieran una renta mínima o que acreditaran algún otro signo de riqueza. Y qué decir de las discriminaciones por razón de sexo, de raza o de religión. Todas ellas buscaron otorgar preferencias en el ejercicio del sufragio a favor de los grupos dominantes.
Las democracias contemporáneas han proscrito esos sistemas discriminatorios y han implantado la fórmula un hombre, un voto en las diversas modalidades del <sufragio. Y las principales decisiones del Estado se toman por este medio.
El voto existe también en el campo internacional. Las sociedades de Estados, para tomar decisiones, acuden a este sistema, si bien con algunas variaciones. La mayor parte de ellas prevé que sus órganos deben tomar sus resoluciones por votación.
En tales casos la <mayoría es la que decide, sea una mayoría absoluta o especial, dependiendo de la importancia de los asuntos.
Ahora bien, hay dos sistemas en práctica: el del voto igualitario, que supone que cada país tiene un voto del mismo valor que los demás, como expresión de la igualdad jurídica de los Estados; y el del voto ponderado que atribuye valor desigual a las voluntades de ellos, por razones de orden político, población, extensión territorial, contribución financiera al mantenimiento de la organización o cualquier otro motivo. En su manifestación extrema el voto ponderado lleva al <veto, como el que existe en la toma de decisiones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
El sistema del voto ponderado se utiliza en el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el Organismo Internacional de Energía Atómica, el Consejo de las Comunidades Europeas y en otros organismos internacionales.
El asunto se ve claro en las Naciones Unidas: en la Asamblea General hay voto igualitario, puesto que cada Estado miembro tiene uno de igual valor que los demás, mientras que en el Consejo de Seguridad los votos de los miembros permanentes —los llamados “cinco grandes”— tienen mayor valor que los de los diez restantes, ya que todas las decisiones sobre cuestiones de fondo deben tomarse necesariamente con el voto afirmativo de ellos.
Se habla ya del televoto del futuro, o sea del “voto a distancia” emitido por medios electrónicos. Se prevé que en la democracia del siglo XXI —en la democracia de la sociedad digital— habrá un mayor acercamiento entre los gobernantes y los gobernados gracias a las redes de la informática. Cada ciudadano tendrá su propio computador personal —no hay que olvidar que en Europa a fines del siglo XX había una media de 1,4 trabajadores por un ordenador personal— a través del cual podrá recibir los informes de los gobernantes sobre su gestión y, al mismo tiempo, dar a conocer sus opiniones al gobierno. Las consultas populares —en forma de referéndum, plebiscito o recall— podrán ser más frecuentes. Esto lo permirtirá la gran infraestructura de la <informática. Las elecciones se harán también por este medio. Cada ciudadano podrá votar desde su casa, sin necesidad de acudir al recinto electoral, por el candidato de su preferencia. Consignará así su televoto. Y en pocos minutos se podrán conocer los resultados generales de una elección.
En la vida política se suele hablar de voto de castigo o voto-protesta cuando el ciudadano lo consigna como medio de expresar su opinión de rechazo a un orden de cosas determinado. Usualmente este voto se deposita contra los candidatos que representan la continuidad de un gobierno censurado por la opinión pública, fenómeno frecuente en la vida política.
Otro concepto importante es el del llamado voto útil que suelen invocar los candidatos y partidos con opción de triunfo para que los ciudadanos no “desperdicien” su voto en favor de candidatos políticamente afines pero que carecen de toda posibilidad de ganar. En la jerga política ecuatoriana se llama “chimbador” al candidato que, sin tener la menor opción, se presta por pasión, ceguera o corrupción a dividir las fuerzas de su sector político en beneficio de sus adversarios, en una versión electoral de la fábula del zorro y las uvas: no gana ni deja ganar. “Chimbar” significa, en el habla popular ecuatoriana, presentar falsas posturas en un remate público de bienes con el único fin de obligar a los otros participantes a subir las suyas y <chimbador es quien ejecuta este acto. La Real Academia Española ha acogido este término ecuatoriano y lo refiere al “candidato que no pretende el triunfo en una campaña electoral sino impedir el de otro”.