El proceso constitucionalista, que tan trabajosamente se había desarrollado desde finales del siglo XVIII, entró en una etapa crítica con el advenimiento de las dictaduras nazi-fascistas y comunistas a partir de la segunda década del siglo pasado. Se produjo entonces el fenómeno exactamente contrario al del constitucionalismo, que se ha llamado por algunos autores la desconstitucionalización de los Estados.
Si el constitucionalismo implica la sumisión del Estado al Derecho, de modo tal que aquél no puede requerir una acción ni imponer una omisión, no puede mandar ni prohibir a las personas sino en virtud de un precepto legal, la desconstitucionalización produce el efecto inverso: supedita el Derecho al Estado y exime a éste de toda limitación jurídica. Con lo cual desaparece para el Estado la obligación de circunscribir sus actos a normas legales preestablecidas y emerge la omnipotencia estatal, o sea la omnipotencia gubernativa, que es como decir la omnipotencia de quienes ejercen el poder político.
La desconstitucionalización de los Estados representa históricamente un movimiento contrarrevolucionario que tiende a anular las conquistas de las revoluciones liberales del siglo XVIII y a restaurar el <absolutismo bajo la forma totalitaria. Todos los progresos hechos en el campo político sufrieron retroceso. Se negó el concepto de >soberanía popular, no se admitió la >división de poderes ni la limitación jurídica de la autoridad pública, se rehusó el reconocimiento de los <derechos humanos, se rechazaron, en fin, los principios que informaron al <constitucionalismo.
En los regímenes fascistas la voluntad del duce, del führer o del caudillo era la fuente del Derecho. Bastaba su simple declaración de voluntad para crear o suprimir situaciones jurídicas. La persona humana —minúscula pieza del gran engranaje del Estado totalitario— nada podía reclamar, puesto que a la concepción instrumental del Estado había sustituido la concepción finalista y el hombre volvió a ser, como en los peores tiempos del absolutismo, un esclavo del Estado o, más exactamente, de los grupos y personas que dijeron encarnarlo.
En los regímenes comunistas las cosas no fueron muy diferentes. Todos ellos, por lo menos formalmente, fueron >dictaduras del proletariado, es decir, dictaduras de una clase social que rehusaron toda limitación jurídica al ejercicio de la autoridad. La nueva clase dominante, compuesta por la tecnoburocracia estatal, impuso su voluntad omnímoda sobre la sociedad. Se volvió a presentar el fenómeno de la sumisión del Derecho al Estado. Y, en nombre del Estado y del proletariado y del >marxismo, por obra de un proceso de suplantaciones sucesivas muy propio del sistema, en la práctica detentó la autoridad global un pequeño y encumbrado grupo de burócratas que concentró en sus manos todo el poder político y económico.
En resumen, la afirmación del valor de la persona humana ante el Estado y la delimitación de su inviolable esfera de libertad, que fueron las mejores conquistas del constitucionalismo, quedaron arrasadas por el paso de las máquinas totalitarias del comunismo y del fascismo y se produjo la gran crisis del constitucionalismo moderno, de la que el mundo pudo salir en dos etapas: después del colapso de las potencias del eje Roma-Berlín-Tokio en la Segunda Guerra Mundial y a raíz de la implosión de los regímenes marxistas a finales de los años 80 del siglo anterior.