Palabra que no está en el Diccionario Castellano. Hay “civilista”, o sea “abogado que preferentemente defiende asuntos civiles”
o que “profesa el derecho civil, o tiene en él especiales conocimientos”. Pero se entiende por civilismo: a) lo que toca a la ciudad y sus
moradores; b) sociabilidad, urbanidad o cortesía; c) régimen político inspirado y dirigido por elementos civiles elegidos por el pueblo;
y d) tendencia a favorecer esta clase de gobiernos.