Llamada también alternancia, es una de las cinco características esenciales de la >forma de gobierno republicana. Consiste en que el ejercicio del poder de los magistrados electivos del Estado está sometido a límites de tiempo, esto es, a períodos, de modo que se abre la posibilidad de que los electores designen en el curso del tiempo a distintas personas y de distintas ideologías para el ejercicio del mando.
La alternación asegura que, en cada oportunidad, el gobernante represente la tendencia ideológica predominante en la comunidad.
Con frecuencia la alternación se ve favorecida, en el orden de los hechos, por la llamada >ley del péndulo que determina el ascenso electoral de líderes y partidos que están fuera del poder o en contra de él.
Ella fue una de las grandes conquistas de la Revolución Francesa, junto con la electividad de los gobernantes, la división de poderes, la imposición de límites jurídicos a la autoridad pública, la obligación de los gobernantes de rendir cuenta de sus actos y la publicidad de su gestión. En el régimen anterior los gobiernos no eran alternativos sino vitalicios. La >legitimidad monárquica se fundaba en la sucesión hereditaria de la corona entre los miembros de la dinastía. Cuando los revolucionarios franceses impusieron el >republicanismo como concepción del poder y forma de gobierno, la elección se convirtió en el único título para ejercer el mando político y la legitimidad republicana, fundada en la libre expresión de la voluntad popular, sustituyó a la legitimidad monárquica.