Este anglicismo proviene de account, que significa “cuenta” o acción y efecto de recibir o dar razones del manejo de algún asunto, particularmente económico. El concepto se originó en el ámbito de los negocios —business accountability—, para asegurar el buen rendimiento de los administradores de las empresas, y después se amplió hacia lo político —government accountability—, campo en el cual significa rendición de cuentas del ejercicio del poder o del manejo de los asuntos públicos.
Esta palabra no tiene una correspondiente en castellano, cosa que suele ocurrir con cierta frecuencia en la relación entre los dos idiomas. El término más próximo es >responsabilidad, referido a la obligación que tienen los gobernantes, dentro de la forma republicana de gobierno, de dar razón de sus actos y dichos a los ciudadanos, sea directamente o a través de los organismos establecidos para el efecto, y asumir las consecuencias de ellos con arreglo a la ley.
Inspirado en la idea de proteger los intereses de los gobernados, el término empezó a circular en los Estados Unidos de América en la década de los 70 del siglo anterior y se puso de moda en los años siguientes. De allí saltó hacia el sur. Con él ha ocurrido lo mismo que con otros vocablos políticos: que la idea es vieja, aunque la palabra que la designa es de reciente acuñación. La idea de la rendición de cuentas la propusieron los principales teóricos de la democracia desde los días de la Revolución Francesa. Fue muy invocada durante el proceso de fundación de la Unión norteamericana. Desde los tiempos de su independencia, la rendición de cuentas fue consagrada por la tradición política, la Constitución y la ley y defendida por Thomas Jefferson y los demás fundadores del nuevo Estado como parte de su planteamiento político primigenio. James Madison, cuarto presidente de los Estados Unidos, planteó en las tempranas horas de la fundación del nuevo Estado que “the genius of republican liberty seems to demand…not only that all power should be derived from the people, but that those entrusted with it should be kept in dependence on the people…”
Es seguramente en ese país donde se ha llegado más lejos en materia de acceso a la información pública y a la democratic accountability. Para fortalecer los derechos y las acciones de los ciudadanos frente al poder político se han expedido leyes —como la Freedom Information Act y la Electronic Freedom of Information Act— y se ha establecido una serie de organizaciones encargadas de denunciar públicamente los errores, ineficiencias o corrupción de los funcionarios públicos, entre ellas The Government Accountability Projects (CAP), que es una entidad de interés público sin fines de lucro creada con el propósito enunciado de promover la rendición de cuentas de quienes ejercen el poder y la administración pública y dar a la comunidad la voz de alarma de sus errores.
En los Estados Unidos los denominados whistleblowers son un mecanismo adicional de control democrático sobre los funcionarios públicos de todo nivel y cumplen la tarea de auditar o fiscalizar sus actos. Ellos son quienes alertan, advierten o denuncian el secretismo de los manejos gubernativos, la corrupción administrativa, el mal manejo de los asuntos del Estado, la falta de claridad en los negocios públicos o la ineficacia o lentitud burocráticas, que son otros tantos peligros que se ciernen sobre la sociedad, y promueven el derecho de los ciudadanos, incluidos los funcionarios y empleados del propio Estado, a exigir que los administradores públicos rindan cuentas de sus actos y omisiones a la comunidad.
Los whistleblowers cuentan con una ley federal —la Whistleblower Protection Act— y entidades que les defienden de posibles represalias o exclusiones promovidas por quienes se sientan afectados por sus denuncias, como el Integrity International y el National Whistleblower Center, con sede en Washington. Este último jugó un rol de primera importancia en la defensa de quienes denunciaron las debilidades y carencias de los organismos de seguridad del Estado, la industria nuclear, el FBI y otras áreas sensibles con relación al atentado terrorista del 11 de septiembre del 2001 contra las torres gemelas de Nueva York y el Pentágono de Washington. Esta protección, naturalmente, está condicionada a que la alerta o la denuncia sea verdadera y bien fundada.
No obstante, la Freedom of Information Act, que es una ley federal y que, como tal, rige en todo el territorio norteamericano, contiene nueve excepciones a la publicidad de documentos estatales:
1) los que han sido formalmente declarados secretos en interés de la defensa nacional o de la política exterior;
2) los que contienen la discusión de directivas internas para imponer el cumplimiento de la ley, cuya revelación pudiera llevar a la evasión de ella;
3) los que alguna ley declara expresamente que no pueden ser públicos;
4) los que contienen información comercial o financiera privilegiada;
5) los documentos protegidos por privilegios de litigio;
6) aquellos cuya revelación significaría una invasión a la intimidad de las personas;
7) los que han sido compilados para el cumplimiento de la ley y de cuya publicación pudiera razonablemnete esperarse ciertos perjuicios o daños al interés público;
8) los concernientes o relacionados a la vigilancia de las instituciones financieras por parte de una agencia encargada de la regulaciòn o supervisiòn de ellas; y
9) los que contengan información geofísica y geológica referente a yacimientos petroleros.
Sin embargo, las cortes de justicia deben interpretar rigurosa y restringidamente estas excepciones para precautelar el derecho de los ciudadanos a la información.
En todo caso, ellos están en posibilidad de acceder a la suficiente información para poder juzgar a los gobernantes y a los altos funcionarios de la administración y disponen de los adecuados canales para hacerlo. Esa posibilidad se vio ampliada en 1996, en el marco de la revolución digital, con la Electronic Freedom of Information Act, que obliga al gobierno federal a poner a disposición de los ciudadanos, por medio de internet, todas las informaciones que éstos tienen derecho a recibir.
La >sociedad del conocimiento promete un amplísimo acceso de la comunidad a la información del gobierno. Los sitios oficiales de internet se han convertido en “bibliotecas virtuales” —virtual reading rooms— y centros de datos que exhiben todos los documentos gubernativos, incluidos los que se refieren a “hot topics”.
En el fondo de todo esto está el criterio, sostenido por muchos teóricos norteamericanos, de que el verdadero lindero que separa a los regímenes democráticos de los autoritarios es su política de información. Según Alan Westin, profesor emérito de la Universidad de Columbia, los gobiernos autoritarios se caracterizan por un amplio, fácil y penetrante acceso a la información de las actividades de los ciudadanos al tiempo que restringen hasta el absurdo las posibilidades de que los ciudadanos obtengan información de las actividades del gobierno. En cambio, los regímenes democráticos mantienen la política contraria: limitan severamente la irrupción del gobierno en la vida de los ciudadanos y ofrecen a los gobernados acceso libre al conocimiento de los actos gubernativos.