La estipulación llamada “free on board“ (FOB), que quiere decir “franco a bordo”, significa en el comercio exterior que el comprador está obligado a seleccionar el barco para la transportación de la mercancía, asumir los riesgos de ella desde el momento en que sobrepase la borda del buque en el puerto de embarque, pagar su flete y seguro, desembarcarla en el lugar de destino y pagar los impuestos y tasas de importación.
Esta es una de las condiciones que establecen los llamados “incoterms”, desde su introducción en 1936 a los contratos de comercio internacional, incluidas las reformas posteriores, para definir los derechos y obligaciones de los vendedores y compradores en lo referente a los costes de embarque, transporte, seguro, desembarque e internación de las mercancías. <cost, insurance and freight (CIF)