Es la condonación de la pena impuesta a quien ha cometido un delito, especialmente un delito político. Generalmente la autoridad que la confiere es el parlamento, a través de una ley o de un decreto. Se diferencia del indulto en que ella entraña el olvido de la infracción, la eliminación de la acción penal y la condonación de la pena. La raíz griega de amnistía es la misma que la de amnesia, que quiere decir olvido. Proviene de a-mnestis, que significa “sin-recuerdo”.
El indulto sólo perdona total o parcialmente la pena impuesta o la conmuta por otra pero no olvida el delito ni la acción penal. Esto es muy importante para efecto de la figura jurídica de la reincidencia. En la amnistía, en la medida en que se olvida el delito, en que se borra toda huella de él, no cabe reincidencia; en el indulto sí porque se ha condonado o conmutado la pena pero no se ha olvidado la infracción.
Las legislaciones constitucionales, por lo general, entregan la facultad de indultar al jefe del Estado y la de conceder amnistía al parlamento.
Para el indulto basta un decreto ejecutivo, puesto que es un acto jurídico que se refiere a un caso específico e individualizado. Para la amnistía, en cambio, es necesaria una ley ya que se trata de cambiar una situación jurídica, vale decir, de modificar o extinguir derechos. Y, según la doctrina jurídica, siempre que se quiera crear, modificar o extinguir derechos se ha de acudir a una >ley. Además la amnistía entraña un perdón a favor de todos los que hubieren participado en la comisión de un delito, o sea de un número de personas que puede ser indeterminado, por lo cual requiere una norma de carácter general, mientras que al indulto, por referirse a personas determinadas y a un caso singular, le basta una norma de carácter particular.
Otra diferencia es que la amnistía corresponde especialmente a >delitos políticos, al paso que el indulto comprende toda clase de delitos: políticos o comunes.
Las motivaciones de la amnistía suelen ser de dos clases: la reparación total o parcial de una injusticia, en favor de quien ha sido indebida o excesivamente castigado; o la conveniencia de reconciliar y devolver la paz a una sociedad desgarrada por determinados acontecimientos políticos.
La institución de la amnistía tiene muchos siglos de recorrido en la historia. Los atenienses llamaron amnistía a una ley que mandaba que a nadie se persiguiese por sus anteriores acciones, es decir, que ordenaba el olvido de ellas. De allí viene el nombre. Los monarcas absolutos solían a veces otorgar gracia a quienes cometían infracciones o delitos contra la corona y mandaban con ella que tales delitos se olvidasen. Desde esos tiempos se acostumbraba distinguir la amnistía del indulto.
El ministro Peyronnet de Carlos X, rey de Francia, formuló las diferencias de manera ingeniosa. Amnistía es abolición y olvido —dijo— mientras que indulto es indulgencia, piedad, perdón.
La amnistía va hacia el pasado y lo borra mientras que el indulto mira el futuro pero conserva la memoria del pasado.