Es, en una de sus definiciones, el beneficio que se gana en el cambio de moneda —agiotaje— o en la especulación con fondos públicos. Y quien a esto se dedica es el agiotista o usurero.
En su sentido amplio, es la ganancia que percibe una persona por la diferencia en el cambio de una moneda, documento mercantil, título o mercancía, entre su valor nominal y el valor real de cambio. El jurista Henri-François d’Aguesseau (1668-1751), ex Canciller de Francia, fue probablemente el primero en usar esta expresión en el año 1720 como “lo que se entrega a un corredor, agente de comercio o banquero, por el cambio o por su trabajo y gestión o por el descuento de una letra de cambio cuya negociación se encarga de realizar”.
La expresión fue muy usada en el siglo XIX para designar el beneficio obtenido por el tenedor de un bien cuando lo vende o cambia en un precio superior a su valor nominal. Es, en general, el beneficio que devenga una persona por la diferencia entre los valores que posee y los que recibe cuando los cambia, ya sea como resultado del proceso económico normal o como consecuencia de maniobras especulativas.
Al conjunto de tales maniobras destinadas a provocar, con fines de lucro, alzas o caídas artificiales en los precios de los bienes, se llama agiotaje. Al comienzo esta palabra no tenía significación peyorativa. Era simplemente la técnica de anticiparse a las fluctuaciones de los precios para conseguir beneficios en sus transacciones. Pero cuando los agiotistas se dieron cuenta de que la mejor forma para que sus pronósticos resulten acertados era la de manipular las cosas y causar abundancias o escaseces ficticias, las palabras agio, agiotaje y agiotista asumieron una significación despectiva.
En su sentido restringido, agio significa usura y es el cobro de intereses mayores a los autorizados por la ley o las regulaciones administrativas del Estado en los préstamos de dinero. Agiotista o usurero es quien percibe esos intereses usurarios. El agio fue motivo de preocupación desde tiempos muy antiguos. En Roma, antes y después de Justiniano, fue regulado por normas jurídicas. Santo Tomás de Aquino, a fines de la Edad Media, lo condenó por inmoral. En la actualidad muchas legislaciones lo tipifican y sancionan como delito, ya que no sólo encarece el precio del dinero sino que agudiza la injusticia social, puesto que afecta duramente a la gente pobre.